viernes, 6 de octubre de 2017

Introducción

Esta doctrina define al Derecho Internacional Público (DIP) como el “conjunto de normas jurídicas que reglan las relaciones entre los sujetos de la comunidad internacional”. Dentro de este marco, se debe tener en claro que comunidad y derecho van siempre juntos, no existe el uno sin la otra y viceversa, una comunidad lo es en tanto y en cuanto tenga un derecho que la unifique. De forma, entonces, que como primera aproximación a nuestro estudio, es importante saber que el derecho de gentes (Derecho Internacional Público) no emana de una comunidad nacional, sino de la formada por los Estados.
Los sujetos más importantes del DIP son los Estados soberanos (un Estado es una comunidad humana perfecta y permanente que se gobierna plenamente a sí misma, está vinculada a un ordenamiento jurídico funcionando regularmente en un determinado territorio y en inmediata conexión con el DIP cuyas normas en general respeta) quienes tienen personalidad originaria, son al tiempo que sujetos, legiferantes porque crean las normas jurídicas y de su voluntad derivan las otras personas o sujetos en el plano internacional.
Otros sujetos son las organizaciones internacionales y en ciertos casos los individuos. Las organizaciones internacionales tienen capacidad limitada, entre otras cosas, por el objeto de su creación, determinado en su estatuto constitutivo. Existen también dentro de la comunidad internacional, otros sujetos, a saber La Santa Sede y los Movimientos de Liberación Nacional.
El actual sistema de Derecho Internacional Público, puede caracterizarse como el conjunto de normas jurídicas y principios que las jerarquizan y coordinan coherentemente ; destinadas a regular las relaciones externas entre, sujetos soberanos, los Estados, y otros sujetos a los cuales también se les confiere soberanía, cuando actúan en el marco de una sociedad internacional; con el propósito de armonizar sus relaciones, construyendo un ideal de justicia mutuamente acordado por ellos, en un marco de certeza y seguridad que permita realizarla.



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